Este fallo es inédito y preocupante. Pero no por ello es del todo malo.
Algunas consideraciones al respecto al fallo de la Corte Suprema:
- No se dice “maten a los perros”, se señala “planifiquen de manera conjunta las acciones que llevarán a cabo para retirar los perros vagos que circulan por la comuna“.
- Sabido es que el 80% de los perros que circulan por las calles tienen dueños.
- La ley no permite que un municipio o SEREMI de Salud y otra institución mate a los perros, salvo por brote de rabia.
- Por primera vez la autoridad -Municipalidad y SEREMI- están obligados a actuar ante un problema que es conocido, eterno y muy mal manejado.
- Por primera vez la autoridad tiene un plazo muy claro para actuar. No esas eternas discusiones, seminarios, mesas de diálogo y demases que hasta ahora nada han solucionado.
Lo dije antes y lo repito ahora: las crisis son oportunidades, y debemos aprovecharlas. Pero no debemos descuidarnos, porque estas situaciones son aprovechadas por los “mata perros”, aquellos “expertos” que todas sus soluciones son “hay que matarlos a todos”.
Algunas consideraciones respecto a los expertos, a otras soluciones y a casos pasados:
Los perros en las calles son un problema de salud pública y de maltrato animal constante. Y la inoperancia de nuestras autoridades en esta materia es abrumadora. Y ni decir de la labor que realizan en esta materia las escuelas de medicina veterinarias de nuestro país.
1° En VALPARAISO, por ser patrimonio de la humanidad, se invirtió una cantidad de dinero muy grande para realizar un programa de control canino. En un seminario de Estrategias de Control Canino organizado por el SAG y la U. de Chile en el Hotel San Francisco (creo que el 2011), el hoy Director de higiene Ambiental Mauricio Gonzalez contaba como realizaron “mega eventos” de adopción, con escenarios, artistas y gran cantidad de público, y se adoptaban según recuerdo 8 a 10 perros en el evento que costó millones. El hablaba de “tenemos una varita mágica que nos da dinero” haciendo alusión a los recursos que se recibían por ser patrimonio de la humanidad. Si vemos hoy las calles de Valpariso, verán que siguen llenas de perros y el canil de laguna verde tiene más de 500 perros en condiciones cuestionables. En ese seminario fui de oyente.
2° Al año siguiente en la ciudad de Pto. Montt, en el mismo Seminario esta vez organizado por el SAG y la U. Sto Tomas, la Veterinaria Beatriz Zapata de la U. Mayor en su exposición contó mas o menos lo siquiente: ” SE TOMA UNA PERRA EN CELOS, se le pone un collar con GPS. A los días, muchos perros machos la seguiran, y con ayuda del GPS la encontramos y desde un helicóptero le SE DISPARA a matar a los perros…” y concluyó “lamentablemente en Chile por razones obvias, eso no lo podemos hacer“. Este era un método de control de perros asilvestrados. Con tantos estudios, titulos y postitulos hubiera esperado algo mas creativo y civilizado. En ese seminario fui de exponente.
3° La INTENDENCIA METROPOLITANA a cargo del Intendente Peribonio (gobierno anterior), se propuso esterilizar 400.000 perros en Santiago. Me bastó conversar 15 minutos con una funcionaria de alto rango (Lucía no recuerdo el apellido) en un Seminario, para decirle de forma categórica: el plan va a fracasar porque el monto de dinero es muy bajo, y le di varios argumentos al respecto. Y el plan fracasó. (pueden ver en nuestra web que antes de que fracasará escribí al respecto antes que fracasara).
Pueden ver en el link cuando la intendencia lo anuncio señalando ” participaron 13 instituciones de protección animal que colaboraron con su experiencia”. A Fundación EDRA no nos llamó nadie, no nos invitó nadie, porque si hubiéramos sabido le hubiera avisado de antes que el plan no daría resultado y con números y argumentos en mano.
4° Ahora estamos con el PLAN NACIONAL DE TENENCIA RESPONSABLE. Primero estubo a cargo Pablo Peñaloza, una persona que no tiene liderazgo, que no tiene manejo político, que no tiene un gran trabajo en terreno, que no es veterinario, y que honestamente y con todo respeto, no sabe hablar en público. Literalmente salió arrancando cuando fue increpado por una animalista en una reunión que el convocaba y no regresó mas.
Luego nombraron a Ignacio Moncayo, agrónomo sin experiencia alguna en el tema de control canino, pero una persona dedicada, de muy buen trato, empática. Pero resulta que con el pasar del tiempo nos enteramos que Patricia Cocas, quien hizo campaña por Bachelet, estaba contratada desde julio a diciembre del 2014 como Asesora con un sueldo de $2.777.777 mensuales, osea mas alto que el sueldo del Coordinador Nacional Ignacio Moncayo, y casi el doble del sueldo de Claudia Aguirre, la Veterinaria y jefa técnica del Plan y con una basta experiencia en la materia.
En una reunión a la que asistí acerca del plan, pregunté directamente ¿cual será la vía de información? ¿como sabremos que se hace? y respondieron que sería a traves de la web “incondicionales” pero con el tiempo, nos dimos cuenta que es una web linda, amigable, marketera, “livianita” , pero con cero información sobre el plan, quienes trabajan en el, plazos, procedimientos, etc. En definitiva con cero dato duro.
La información al respecto es poca, confusa, y para ser sincero, hasta ahora no le tengo fe al plan. Creo que se está implementando mal desde el comienzo.
5° UNIVERSIDADES: ¿saben ustedes que en este momento los veterinarios que se titulan no están capacitados para:
– Esterilizar.
– Preparar y dictar charlas educativas.
– Organizar y realizar jornadas de adopción.
– Denunciar el maltrato animal
Y tenemos un Plan Nacional de Esterilización, pero los veterinarios no tienen dónde capacitarse para esterilizar salvo la buena onda de algún colega de turno. ¡¡¡Y tienen entre un 65% y 75% de ocupación!!! Está la mano de obra (veterinarios de corazón y sin pega), están los recursos (plan nacional de esterilización), están los pacientes (muchos perros y gatos) ¿que falta? QUE LAS UNIVERSIDADES CAPACITEN A SUS ALUMNOS EN LO QUE EL PAÍS NECESITA!!!
Revisen las mallas curriculares. Me soplaron por ahí que recién la U. de Chile está poniendo un electivo a sus alumnos de tenencia responsable.
¿ QUE PASARÁ CON ESTA ORDEN QUE NUESTRO MÁXIMO TRIBUNAL ENTREGA ?
Si tenemos tantos ejemplos de fracasos en la materia, tantos recursos despilfarrados, tanta falta de eficiencia, y a los animalistas no nos toman en cuenta mas que para pasarnos los “cachos” pero no los recursos… ahora ¿quien podrá defendernos?
Nosotros tenemos un presupuesto mensual que no pasa de las $600.000 con suerte. Y con eso hacemos 8 jornadas mensuales, 100 a 140 adoptados cada mes, y cientos o miles de personas educadas. Y muchas cosas más, eso es EFICIENCIA Y EFICACIA.
¿que hacer para que nos tomen en cuenta?
Señor alcalde Emilio Boccazzi Campos, Iluestre Municipalidade de Punta Arenas. Mire nuestro trabajo, mire nuestras ideas, mire nuestra transparencia. Nuestros resultados nos avalan y queremos ayudar.
Atte. Alexis Castillo R , Presidente y Fundador de Fundación EDRA, Personalidad Jurídica N°163021 CONTACTO@EDRA.CL
P.D. Subiremos un artículo con nuestra propuesta para abordar el problema.
IMPORTANTE: permitida su reproducción total o parcial, siempre que no se saque de contexto la información y se cite la fuente.
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LEA EL FALLO COMPLETO.
Santiago, catorce de abril de dos mil quince.
Vistos y teniendo además presente:
Primero: Que esta Corte Suprema comparte las argumentaciones del fallo en alzada en orden a que la normativa que regula el tratamiento de los perros vagos que circulan por las vías pública obliga a ambas recurridas a adoptar todas las medidas tendientes a efectuar, por una parte, el retiro de dicho perros –en el caso de los Municipios- y por otra, una vez atacado un ser humano, a detectar al can agresor y seguir los procedimientos correspondientes –tratándose del Servicio de Salud-.
Asimismo, concuerda este Tribunal con los razonamientos del laudo impugnado en cuanto a que en la especie no se dio cumplimiento por parte de las recurridas a los deberes antes mencionados, toda vez que no ha existido controversia acerca del hecho de que un menor de edad fue mordido en la ciudad de Punta Arenas por un perro vago que no pudo ser identificado.
Segundo: Que en ese estado de cosas resulta necesario que las autoridades recurridas, a fin de dar estricto cumplimiento a la normativa que regula la materia y, consecuencialmente, para evitar la ocurrencia de hechos de la misma naturaleza en el futuro, planifiquen de manera conjunta las acciones que llevarán a cabo para retirar los perros vagos que circulan por la comuna, así como también aquellas que permitirán seguir el procedimiento adecuado en caso de que una persona sea mordida por uno de dichos animales, debiendo incorporar dicha planificación en sus respectivos portales virtuales para los efectos de dar publicidad a tal información.
Por estas consideraciones y de conformidad con lo que dispone el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de esta Corte sobre la materia, se confirma la sentencia apelada de dieciocho de diciembre de dos mil catorce, escrita a fojas 164, con declaración de que el recurso de protección intentado en estos autos queda acogido únicamente para que tanto la Secretaría Regional Ministerial de Salud de Magallanes como la Municipalidad de Punta Arenas den estricto cumplimiento a las disposiciones constitucionales, legales y reglamentarias citadas en el fallo que se revisa y, en consecuencia efectúen, en un plazo de 30 días, la planificación conjunta de las acciones que desarrollarán para ello, los procedimientos que utilizarán, los estándares que se auto exigirán y los controles internos con los cuales se auto fiscalizarán, debiendo publicar en sus respectivos sitios web dicha planificación para fines de publicidad y notificación.
Regístrese y devuélvase con su agregado.
Redacción a cargo del Ministro Sr. Pierry.
Rol N° 425-2015.
Pronunciado por la Tercera Sala de esta Corte Suprema integrada por los Ministros Sr. Héctor Carreño S., Sr. Pedro Pierry A., Sra. Rosa Egnem S., Sra. María Eugenia Sandoval G. y Sr. Carlos Aránguiz Z. Santiago, 14 de abril de 2015.
Autoriza la Ministra de Fe de la Excma. Corte Suprema.
En Santiago, a catorce de abril de dos mil quince, notifiqué en Secretaría por el Estado Diario la resolución precedente.